En sus recuerdos infantiles de fines de la década de 1870 y principios de la siguiente, Ernesto Padilla cuenta que se vendían en Tucumán, en el verano, rudimentarios helados hechos con nieve traída del cerro en mulas. El hielo recién se conoció cuando Manuel B. Zavaleta instaló “El Gliptodonte”, la primera planta que lo fabricaba.
Ese y otros usos que se daban a la nieve, movieron al gobernador Marcos Paz, en 1858, a proyectar el respectivo gravamen. Así lo solicitó a la Sala de Representantes en octubre, con un mensaje apoyado en largos considerandos, que firmaba el ministro, doctor Próspero García.
Hacía apreciaciones sobre “el principio de igualdad en la distribución de los derechos y obligaciones”, y recordaba que se había conferido al Estado “la facultad de crear impuestos, en proporción de las necesidades dictadas sobre el bien general”. Examinando las cargas públicas vigentes para verificar su igualdad, había hallado que “las nieves que se introducen para ser consumidas en esta plaza, no sufren cargo alguno”.
Como los introductores de ese artículo “se proponen expenderlo en el mercado, para proporcionarse las ganancias que puede dar cualquier otro tráfico, es natural que lleve en sí el gravamen que en proporción le corresponde, para que no aparezca con un odioso privilegio”.
El 2 de diciembre de 1858, la Sala sancionaba una ley de dos artículos. El primero procedía a declarar que “las nieves son de propiedad pública”. El segundo, disponía que “se cobrará 4 reales por cada carga de nieve que se introduzca en la ciudad con destino al consumo público”. El 7, el gobernador Marcos Paz promulgó la norma.